martes, 4 de septiembre de 2007

Menores

Mucho se ha escrito -aquí por ejemplo- sobre cómo los medios de comunicación ignoran de manera olímpica la ley que impide difundir datos personales de un menor de edad como lo es por ejemplo esta egresada de un colegio de monjas de Vicente López que apareció en YouTube como actriz principal de un video porno.

Mi acreditada en Tribunales me informa vía Diario Judicial que la Corte Suprema de Justicia de la Nación volvió a fallar a favor de la protección integral de los niños y confirmó la condena al diario "El Sol" por difundir una noticia referida a la vida familiar, sexual y afectiva de una chica menor a 18 años.

Los ministros del máximo tribunal sostuvieron que el periódico de Quilmes debió haber preservado la identidad de la menor, aun cuando citaban los dichos de dos magistrados en una causa.

Imagino que el fallo sobrevino porque el diario es una empresa pequeña. Es decir, no me imagino una acción judicial similar contra Clarín.

7 comentarios:

  1. Papipo, a El Sol lo tienen alquilado, también les ganó un juicio importante en la Corte Fernando Burlando en el 2003.

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  2. Más sexismo, más machismo: detrás de esto está la mirada cómplice y admiradora –que se hace pública impunemente– hacia el tipo que "se come un bomboncito". ¡Si hasta escuchamos chistes o sugerencias cómicas en algunos programas de radio y televisión cuando se habla de una violación! Pero ya sabemos que los abusos de género son un invento de las feministas frígidas, ¿verdad?

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  3. La referencia "volvió a fallar" indica q hubo casos anteriores. Sería interesante saber cuáles.

    Tampoco olvidemos q no son sólo medios gráficos los q ignoran olímpicamente la ley. En TV es frecuente la manera en q se expone a menores de edad. Hace unos meses, difundieron segmentos de los videos tomados en la escuela Técnica de Escobar en q se veía a profesores y alumnas semidesnudos. Y convengamos q aunq difuminen la imagen sobre los ojos, su cara y cuerpo se veían (imagino q en su entorno eran reconocibles). Creo q no tienen derecho a hacerlo, no sólo xq lo prohíbe la ley sino xq es una manera de victimizarlos por partida doble. Por un lado, fueron sometidas por sus profesores y por otro, caen los medios q desbordan morbo y contribuyen a estigmatizar a las víctimas. Porq con intención no, introducen la idea de q de alguna manera se lo buscaron o provocaron (suena conocido, no? una versión del "por algo será").

    De todas maneras, los juzgados de menores pueden intervenir de oficio en estos casos también, así q es muy probable q conozcamos la existencia del proceso cuando concluye con la sentencia, ya q hasta entonces, según especifica la ley -x ej. art. 18, Ley Patronato de Menores,Pcia. Bs. As., también establece penas para los medios- esas actuaciones se preservan justamente por involucrar a menores de 18 años. Así q no estaría tan segura de q esto sucede sólo con medios "chicos" como el citado en el fallo q comentás. Mejor dicho, espero q no se circunscriba sólo a ellos. Sugiero también q no dejemos de mirar la actuación del Poder Judicial en este sentido.

    Lucho Bordegaray: comppletamente de acuerdo, sexista y perverso.

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  4. Clandes, se debe referir al caso "Sciammaro, Liliana y otros v. Diario El Sol y/u otro", del 01/04/2004 (Suprema Corte bonaerense).
    O bien a "Jordán, Maximiliano v. Diario El Sol" (15/04/2003, Cámara Civil y Comercial de Quilmes, Sala 2). Además del caso Burlando (1998 y siguió en apelaciones hasta 2005).
    De todos modos, Clandes, no es como decís, ya que se suele inicialar los nombres de los involucrados en estos juicios. Ejemplo, el caso de Romina Tejerina lo encontrás como "T., R."

    Papipo, hubo, hay y habrá fallos así contra medios grandes. Al punto que el leading case de este tema (el ya mencionado "Ponzetti de Balbín") es contra Editorial Atlántida, que en ese momento (1984) era un peso muy pesado.
    El Sol no es un medio tan insignificante, tiene fuertes vinculaciones políticas (Aníbal Fernández, por ejemplo, y en su momento mucha relación con el grupo Exxel -es decir, Moneta y demás- en la época del gerenciamiento de Quilmes, aproximadamente en el año 2000)

    A propósito de fallos judiciales, vi el que mencionó Papipo esta mañana al tope del listado de "último momento" del portal www.lexisnexis.com.ar (es el de una de las dos editoriales jurídicas más importantes del país). No está nada mal que se le dé tamaña difusión, más allá de lo que conocen los que trabajan en el medio.

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  5. Daniel: el ejemplo que ponía el post era el Grupo Clarín. ¿Vos creés que puede compararse el peso que pudo haber tenido Atlántida en los '80 con lo que significa hoy Clarín, para la política y para los negocios? ¿No te parece que si a Clarín le cayera en contra un fallo como "Ponzetti" movería cielo y tierra hasta revertirlo? Preguntale a los jueces que manejaron la adopción de los hijos de Doña Ernestina.

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  6. Daniel, gracias, pero cuando dije `La referencia "volvió a fallar" indica q hubo casos anteriores. Sería interesante saber cuáles.´, me refería a otros medios que hubieran sido sancionados por una transgresión similar. Justamente, lo q menos me interesa es divulgar identidad de menores, así se trate de cosa juzgada.

    Por lo demás, nunca me referí a la manera en q se inicialan los expedientes judiciales. Pero ya q introducís el tema, desde el sentido común creo q es clarísimo q las iniciales no revelan identidad.

    Además de saber q no se puede dar a conocer la identidad de menores, hace bastante tiempo q no hago judiciales, así q cuando subí el comment anterior tenía guardado sólo el decreto ley q mencioné, me faltaba la nueva Ley. Como no soy yo la q dice, sino la Ley, copio los artículos correspondientes al tratamiento público de la identidad de menores, así queda claro. Desde ya, si algún periodista especializado o abogado tiene más para aclarar sobre este tema, por mi parte, es más q bienvenido:

    Decreto ley 10.067/83 del Patronato de Menores, establecía:

    Art. 18. -- Las acciones del juzgado serán secretas, salvo para el asistido o inculpado, partes, abogados, funcionarios de la administración de justicia o de la Subsecretaría del Menor y la Familia que intervengan conforme a la ley, estando autorizado el juzgado para permitir la asistencia a las audiencias a las personas que mediando razón justificada, estime conveniente.
    Se evitará la publicidad del hecho en cuanto concierna a la persona del menor a partir del momento en que resulte vinculado a una situación susceptible de determinar la intervención de los juzgados, quedando prohibida la difusión por cualquier medio de detalles relativos a la identidad y participación de aquél. Los responsables de los medios de comunicación que transgredieren lo dispuesto, serán pasibles de un día a noventa días de multa, o arresto de diez (10) días a seis (6) meses, que el juzgado de menores aplicará separada o conjuntamente de acuerdo a las circunstancias del caso y sin perjuicio del secuestro del medio de difusión utilizado, y de las acciones criminales a que hubiere lugar.

    Por otra parte, la nueva Ley 13634/06 de la provincia de Buenos Aires –establece una nueva regulación del Fuero de Familia y del Fuero Penal del Niño-, sancionada por la Legislatura el 28 de diciembre del año pasado y promulgada por Decreto 44/07 del 18 de enero de este año, en sus artículos 4 y 5 establece:

    ARTICULO 4.- Todo proceso que tramite ante estos Fueros tendrá carácter reservado, salvo para el niño, representantes legales o guardadores de hecho y las partes.

    ARTICULO 5.- Queda prohibida la difusión de la identidad de los niños sujetos a actuaciones administrativas o judiciales, cualquiera sea su carácter y con motivo de dichas actuaciones, en informaciones periodísticas y de toda índole. Se consideran como informaciones referidas a la identidad: el nombre, apodo, filiación, parentesco, residencia y cualquier otra forma que permita su individualización.

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  7. Clandes, ojo que todavía está en debate el tema de los arts. 4 y 5 de la ley 13634 (hay incidentes por este tema en la Suprema Corte, planteados por la Procuración General, si la memoria no me traiciona)
    Sobre lo que dice King Kong... Bueno, en los primeros 80 Atlántida era pieza clave de la estructura propagandística de la dictadura, así que quizás fuera equiparable en cierto punto. Tampoco estoy tan seguro de que a Clarín se la hicieran difícil, tal como dijo Papipo, aunque nunca sabés (esta Corte no es lo mismo que la de los 90)

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